Generalitat de Catalunya - Departament d'Interior i Seguretat PúblicaPlazo cerrado

Administrativo/a a los servicios territoriales a la Cataluña central de la secretaría general (Manresa)

Plazas
1
Grupo
C1
Cierra plazo
9 oct

Publicada en CIDO el 29 de septiembre de 2026 · Ver ficha original en CIDO ↗

Documentos publicados: Bases específiques. Convocatòria

El Departamento de Interior y Seguridad Pública de la Generalitat ofrece un puesto temporal de administrativo o administrativa (C1, nivel 13) a media jornada en los Servicios Territoriales de la Cataluña Central, en Manresa. Se cubre por exceso o acumulación de tareas, con un máximo de 9 meses. Interesa a quien tenga bachillerato o un ciclo medio y catalán C1, y experiencia en trámite de expedientes.

Lo que dicen las bases

Proceso de selección
Estudio del currículum, acreditaciones, prueba teórica y entrevista. Tras estudiar los currículums se puede convocar a una entrevista o prueba basada en las funciones del puesto y en las habilidades indicadas. Las candidaturas las valora la persona responsable de la unidad. Plazo de presentación del CV: del 29 de septiembre al 9 de octubre de 2026.
Requisitos clave
  • Prioritariamente, funcionariado de carrera del cuerpo administrativo de la Generalitat.
  • Si no hay funcionarios: bachillerato, técnico (CFGM), técnico auxiliar, prueba de acceso a CFGS, acceso a la universidad para mayores de 25 o equivalente.
  • Certificado de catalán de nivel de suficiencia (C1) o equivalente.
  • Se valoran ACTIC nivel 2, EACAT, S@rcat, e-valisa y experiencia en procedimiento sancionador.

Preguntas frecuentes

¿Qué trabajo se hace en el puesto?
Apoyo administrativo en expedientes del Servicio Territorial de Juego y Espectáculos: autorizaciones de máquinas recreativas y de azar, habilitación de personal de control de acceso, expedientes de seguridad ciudadana y seguridad privada, y atención de consultas.
¿Se puede repetir como interino en el mismo servicio?
Se analizará la participación de quienes hayan sido interinos en el mismo cuerpo y subdirección en años anteriores; si hay uso abusivo de la temporalidad, no se podrá nombrar interino ni laboral temporal.